17 sept 2014

EXPLICACIÓN DEL FEUDALISMO ESPAÑOL

Hemos tratado el problema del debilitamiento del Estado leonés y sus consecuencias en orden al mantenimiento de la unidad territorial. Hemos visto cómo su monarquía se sentía heredera de la España visigoda, que poseía una organización estatal mucho más desarrollada, con una más amplia red administrativa, más funcionarios locales, organismos estatales de carácter legislativo y fiscalizador de la acción regia, una Hacienda medianamente organizada, un servicio militar al Estado, en fin, un campo de acción relativamente amplio en la vida pública. León, en cambio, con su organización más pobre, no era capaz de conservar la herencia que inútilmente reclamaba, mientras Castilla tomaba el camino de la independencia, marcando con ello la pauta al resto de los países cristianos, que sentenciaban así la disgregación y la pluralidad política de la Península. El hecho debe ser puesto en relación, aunque no como causa única, con un fenómeno general del Occidente europeo que, a lo largo de los siglos IX y X, alcanzaba su culminación: el feudalismo. Este término ha sido empleado por los historiadores con múltiples significados. En un sentido analógico, se denomina feudalismo a ciertos períodos de crisis con características similares, que han sacudido en determinado momento a algunas civilizaciones. Así se puede hablar del feudalismo egipcio o japonés. Para la historiografía marxista era uno de los modos de producción, caracterizado por la apropiación de los beneficios de su economía agraria por una minoría, y que se hallaba situado en el proceso histórico entre los sistemas esclavista y capitalista. Pero la mayoría de los medievalistas no adscritos a una determinada escuela histórica han reservado ese nombre para designar un fenómeno producido en el Occidente europeo durante los siglos IX y X, después de un largo proceso que parte del Bajo Imperio romano, es decir, cuando éste comienza a dar los primeros síntomas de debilitamiento. Como tal fenómeno resulta extraordinariamente complejo y muy difícil de definir,ya que alude a una forma específica de organizarse las comunidades occidentales en todos sus niveles: económico, social y político, llegando incluso a crear una forma propia de entender la vida, que en sus niveles más refinados adquiere matices caballerescos e introduce en el campo de las relaciones humanas una serie de actividades y términos feudales. Como institución, podríamos definir el feudalismo occidental como "el sistema social y político originado por la generalización de los contratos de feudo", o sea, la concesión por el rey y los nobles del disfrute de una tierra o dominio, de un derecho o de una función pública a otras gentes que gozan de condición social noble, que lleva aneja la prestación de la fidelidad y de servicios personales de carácter militar o cortesano. La multiplicación de esos lazos de dependencia de hombre a hombre creó una amplia red de vinculaciones personales, en la que quedaron prendidos todos los habitantes de aquellos países donde triunfó el feudalismo. Del rey o príncipe al último de los súbditos formaban una pirámide en la que cada individuo se relacionaba con su superior inmediato, hasta llegar a la cúspide, ocupada por el soberano, que no ejercía su autoridad sobre sus súbditos sino a través de los nobles, únicos que le prestaban vasallaje directamente. Había, pues, una serie de interferencias en el ejercicio del poder político, ya que la mayoría de los hombres sólo conocían el dominio directo de sus señores. Éstos tenían sobre ellos toda clase de poderes, cedidos por el rey mediante el llamado privilegio de inmunidad, que les capacitaba para percibir en los límites de sus señoríos los derechos fiscales, administrar la justicia, cobrara las calonnias o penas pecuniarias impuestas, mantener el orden público y exigir a sus súbditos el cumplimiento de servicios militares.
La sociedad feudal ofrecía así el espectáculo de dos clases sociales netamente contrastadas: una aristocracia militar, formada por nobles y señores, poseedores de la única riqueza existente, la tierra, y de los beneficios que ella reportaba, cuyo usufructo monopolizaban a causa de la retirada concesión de feudos por parte de reyes y príncipes, hasta tal punto que, como ya hemos dicho, apenas quedaba en Occidente un pedazo de tierra donde no existiera un colono que la cultivara y un señor que la disfrutara. Esta nobleza militar dio a su ejercicio de las armas un sentido caballeresco y refinado, a veces hasta espiritual, gracias al interés de la Iglesia por encauzar sus energías hacia fines trascendentes que los mantuvieran ocupados y apartados de las querellas internas, a las que, de otro modo, inevitablemente derivaban. Así surgieron las Cruzadas y la espiritualización del ideal del caballero cristiano, plasmado en la aparición de las órdenes de caballería. Pero esto no era más que el intento de sublimar un estado de cosas muy diferentes. Esta clase social de caballeros solía emplear sus energías y el poder que habían recibido del soberano en combatir a los señores vecinos y en explotar a las clases inferiores.
Las clases inferiores estaban formadas por un campesinado cuya condición apenas variaba de unos a otros, pues o se trataba de siervos carentes de libertad o de colonos adscritos obligatoriamente a la tierra que cultivaban. Sobre unos y otros, los señores, que inicialmente sólo poseían los derechos económicos, tales como cobrar las rentas o exigirles la prestación de trabajos personales en sus dominios, tienen ahora la variada jurisdicción dimanante del privilegio de inmunidad. De ella derivan situaciones sumamente peligrosas para el campesinado y evidentemente injustas. La más grave de todas es la que hace del señor, a su vez, su patrón y juez. La mayoría de los conflictos van a enfrentarlos a ambos y van a ser sentenciados por él, con lo cual el señor tiene carta blanca para cometer toda suerte de abusos y atropelos. Los campesinos caen, por ello, en una situación mísera, donde la penuria de los medios de vida se une a las vejaciones de que son objeto por parte de los señores. Los impuestos y las prestaciones personales aumentan hasta reducirles al mínimo sus medios de subsistencia. A veces llegan a reclamar exigencias humillantes para la dignidad humana. La arbitrariedad de las sentencias de estos "señores de horca y cuchillo" mantiene al colono y al siervo en continua zozobra, a causa del peligro a que sus vidas están expuestas de continuo.
¿Cómo se llegó a esta situación? Sin duda por la acumulación de una serie de elementos que se habían ido formando en diferentes niveles de la historia de Occidente durante los últimos siglos: imposibilidad por los pequeños propietarios de hacer frente a las cargas fiscales del Estado romano del Bajo Imperio, que obligaron a aquéllos a entregar sus propiedades a grandes señores, de quienes volvían a recibirlas en venta, cono lo que se generalizó el régimen señorial, fundamento económico del feudalismo; inseguridad general provocada por las invasiones germánicas, y las posteriores de los normandos, que al no encontrar organizaciones estatales fuertes, capaces de garantizar el orden, obligaban a los más indefensos a lanzarse en brazos de los más poderosos mediante la encomendación personal, lo cual los convertía en sus vasallos; pobreza general del Estado, que, al no tener otro medio de recompensar los servicios que le prestaban los particulares, debían pagárselos con la entrega de tierras para su disfrute, las cuales pasaban a convertirse en beneficios o feudos.
Todo ello encontró antecedentes en prácticas romanas y germánicas como la precaria y el precarium romanos, en cuanto a las fórmulas de entrega de tierras para su disfrute temporal o en recompensa por los servicios prestados, y en diversos sistemas de encomendación personal, como los bucelarios bizantinos y visigodos, el comitatus germánico o la devotio ibérica, en todos los cuales, por motivos económicos o afectivos, unos hombres se vinculaban personalmente a éstos mediante un juramento de fidelidad.
La generalización de las concesiones de feudos para recompensar los beneficios prestados y la prestación de vasallaje por los beneficios recibidos exigieron pronto una minuciosa reglamentación, que, a la postre, condujo a la institucionalización de una y otra, en su origen vasallaje y feudo independientes. Pero luego éstos se fueron supeditando el uno al otro, hasta llegar en un determinado momento a no concederse feudo alguno si no era mediante la prestación previa de vasallaje. Cuando esta unión se ha generalizado en un determinado país, puede decirse que posee una constitución feudal, cuyos rasgos fundamentales serían los siguientes:
1. Supremacía de la aristocracia militar, que ejerce su dominio sobre el campesinado, apropiándose de sus beneficios económicos.
2. Generalización de las concesiones por parte del Estado del derecho de disfrute sobre las tierras, funciones y rentas públicas, otorgadas en favor de esa aristocracia, a cambio de las prestaciones de vasallaje al soberano.
3. Formalización de las relaciones de obediencia y protección entre hombres de situaciones y clases diferentes, altas y bajas, lo que origina la generalización de los vínculos de dependencia en todos los niveles sociales y bajo formas distintas.
4. Debilitación de la idea del Estado, el cual, al sentirse incapaz de desempeñar todas las funciones que por tradición le corresponden, las ha ido cediendo a los particulares, con la consiguiente fragmentación del poder político.
Mientras semejante sistema de organización de la sociedad se implantaba plenamente en algunos estados de la Europa Occidental, como Francia, los Países Bajos o Inglaterra, en España no alcanzó su pleno desarrollo, pues sus estructuras políticas y sociales no llegaron nunca a feudalizarse por completo, a excepción de Cataluña, que durante esta época vivió en estrecho contacto con los francos. El resto de la Penísula, en cambio, siguió una evolución propia, en la que figuraron, no obstante, abundantes elementos feudales. Ya durante la monarquía visigoda, el Estado y la sociedad habían iniciado un proceso evolutivo hacia el feudalismo, marcado por la generalización de los vínculos de dependencia entre particulares, la formación de grandes latifundios y del régimen señorial, con la tendencia de los señores a suplantar al Estado dentro de sus propios dominios. Pero este proceso fue cortado por la invasión musulmana, que aniquiló al Estado visigodo.
Cuando a lo largo de los Pirineos y de la Cordillera Cantábrica renacieron los estados cristianos, éstos ofrecieron unas condiciones desfavorables al crecimiento de las instituciones feudales en su conjunto, aunque no a algunos de sus elementos. Estas condiciones fueron fundamentalmente tres. En primer lugar, la difusión por los renacientes reinos de la pequeña propiedad, que originó una población abundante de campesinos libres y, por consiguiente, la escasez de los latifundios, todo lo cual hizo que el régimen señorial no se implantara más que a medias, privando de ese modo al feudalismo de su base económica. En segundo lugar, al tener encomendada la monarquía la lucha ofensiva y defensiva contra el Islam, obligó a sus súbditos a reconocerle un poder del que carecían los restantes reyes occidentales, cuyos súnditos, al carecer de un peligro o una necesidad inmediatos, podían desvincularse más fácilmente de sus monarcas. Finalmente, la constantes conquistas de la Corona, incrementando sus dominios, permitieron pagar soldadas a los combatientes, sin necesidad de acudir al sistema europeo de empeñar la tierra para dársela en beneficio o feudo. Del mismo modo, la población campesina, que fue creciendo a uno y otro lados del Duero, proporcionó al rey un número abundante de combatientes, quienes, sin ser nobles, poseían la condición de hombres libres y, además, los medios económicos suficientes para aportar al ejército su caballo y las armas correspondientes, lo que hizo que su dignidad comenzase a adquirir cierto rango hasta constituir un grado inferior dentro de la nobleza, cual fue la caballería villana (es decir, de las villas). En consecuencia, no hubo en la España cristiana, a excepción de Cataluña, ni una generalización de las concesiones de feudos, de forma que todo el suelo nacional o su mayor parte estuviera en manos de señores vinculados al rey por los lazos personales del vasallaje, ni estos lazos personales constituyeron una red que englobara dentro de sí a todos los hombres, de modo que desapareciera del todo la población libre, sujeta directamente al rey, ni éste perdió el ejercicio directo de su dominio sobre todo el territorio, por habérselo cedido a los señores feudales.

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