14 jul 2014

ORGANIZACIÓN DEFINITIVA DEL ESTADO VISIGODO (III)

El rey no era el único detentador del poder, pues para ejercer su autoridad debía contar con otras instituciones: las asambleas, el Aula Regia o Senado visigodo, los concilios, etc... En las asambleas intervenía primitivamente todo el pueblo en armas, como ya vimos; pero al dispersarse por todo el territorio nacional, su asistencia era prácticamente imposible. Además, el rey ya no es, como antiguamente, jefe solamente de los godos. Ahora lo es también de los romanos, sobre los que tiene un dominio directo. el rey deja de conocer a unos y a otros. Sólo los nobles son llamados, incluidos los gardingos, grado inferior de la nobleza formado por aquellos soldados que poseen un caballo.
El Aula Regia era el organismo que más colaboraba con el rey en las tareas de gobierno. Su origen remoto hay que buscarlo en el consejo de ancianos que antiguamente asesoraban al monarca. El núcleo inicial lo formaban los miembros del Oficio Palatino, esto es, los que desempeñaban en palacio los diferentes oficio: condes que tenían a su cuidado los tesoros, el patrimonio regio, la escribanía; los jefes de los espatarios, de los camareros, cocineros, bodegueros, de las caballerizas, etc... Estaban ya organizados en tiempos de Leovigildo. Además de estos servidores de palacio, cuya categoría era muy superior a la que su, a veces, humilde oficio pudiera sugerir, integraban el Aula Regia los demás altos funcionarios militares y administrativos del reino. Colaboraban con el rey en las funciones legislativas, militares y judiciales; pero de los organismos que compartían el poder con la monarquía, el más peculiar del Estado lo constituían los concilios de Toledo. Ellos significaban el punto más alto de colaboración entre Iglesia y Estado, pues allí se legislaba tanto sobre materia civil como eclesiástica. Al abrirse las sesiones el rey les enviaba el Tomo Regio, en el que exponía los asuntos que él quería que se tratasen. Cuando las deliberaciones versaban sobre cuestiones temporales, mandaba a sus nobles a que asistieran a ellas e influyeran en las decisiones.
Parece que el poder real quedaba muy disminuído por la intervención de estos organismos, mas si miramos con atención, nos daremos cuenta de que esa participación en el poder estaba viciada en su mismo origen, ya que era el mismo monarca el que nombraba a todos sus miembros, no sólo a los duques, condes y demás altos funcionarios militares y civiles, sino también a los obispos e incluso a los sacerdotes y gardingos. Éstos entraban a formar parte del grupo mediante su adhesión a una clientela. El único privilegio de las clases altas era precisamente ése: el de pertenecer a las clases altas. Como tales, poseían fuerza política y social proviniente de la riqueza y del número de sus clientes. De ahí que empleasen toda esa fuerza para mantenerse en sus privilegios. Al establecer una distinción jurídica que los segregaba del pueblo llano (no podían ser castigados físicamente ni torturados durante los procesos jurídicos, por ejemplo) concediéndoles incluso sus propios tribunales para que fueran juzgados en ellos, cristalizó así un auténtico "habeas corpus" de la nobleza visigoda. Y se formó definitivamente una clase aristocrática que compartió con el rey las funciones de gobierno, y cuyo rasgo diferencial era el de pertenecer por nacimiento a esa misma clase teniendo, en consecuencia, derecho nato a participar en el gobierno.

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