9 jun 2013

ORGANIZACIÓN SOCIAL DEL MEDIEVO HISPANO

La nobleza, brazo fuerte de la monarquía, aunque no siempre dócil a ella, pues a veces se lanzaba desde sus castillos a toda clase de desafueros, incluso asaltando y despojando a los viajeros, se componía de ricos-homes, duques, condes, marqueses (ya finalizada la Reconquista), hidalgos, caballeros e infanzones. Podían considerarse también como instituciones nobiliarias o palatinas las Maestranzas, asociaciones de caballeros diestros en equitación.
Se conocen cinco maestranzas: las de Ronda, Granada, Sevilla, Valencia y Zaragoza.
Las jerarquías nobiliarias en Aragón, Navarra y Valencia fueron, en esencia, idénticas a las de Castilla. En Cataluña, los nobles estuvieron divididos desde los tiempos de la independencia en dos clases principales: los condes, o alta nobleza, y los barones, o nobleza de segunda categoría.
Vencidas las uniones nobiliarias de Aragón y Valencia decreció su poder político, coincidiendo con la decadencia de la nobleza catalana.
El influjo de esta última fue sustituido en el condado por la rica y potente burguesía, que gobernaba las ciudades, principalmente la de Barcelona, cuyo prestigio e importancia superó mucho al que esta clase social tuvo en Aragón y en Castilla.
Los municipios aragoneses, en realidad, tuvieron menos importancia. Su característica más destacada fue la de que, con permiso de los reyes, pudieran formar asociaciones permanentes, llamadas "comunidades", con fines militares y económicos.
La más alta jerarquía de los burgueses barceloneses fue la de los "ciudadanos honrados", equiparados en su derechos a los caballeros o nobleza inferior.  Dichos ciudadanos dominaron durante mucho tiempo el municipio de Barcelona, cuyo gobierno estaba encomendado al veguer o juez territorial, al bayle o administrador, a los consellers y al Consejo de Ciento, formado por hombres de todas las categorías sociales.
Los consellers y el Consejo de Ciento eran nombrados cada año por una asamblea general formada por los vecinos distinguidos ("pro homines") de la ciudad.  El poderoso municipio barcelonés extendió su jurisdicción a todas las villas y lugares del llano de Barcelona y otras de Cataluña y aun a regiones más lejanas, como Elche o Crevillente.  Además, acuñaba su propia moneda, tenía su milicia o "sometent", nombraba cónsules en el extranjero que representaban y defendían sus intereses, y tenía también jurisdicción mercantil que ejercía por medio del Concejo de Ciento y del Consulado del Mar, tribunal especial para las cuestiones del comercio marítimo.
El pueblo o estado llano estaba constituido en el resto de la Península por la masa general de los ciudadanos u hombres libres y los siervos o esclavos, casi todos ellos moros prisioneros de guerra.  Poco a poco el pueblo fue adquiriendo importancia en el seno de los Consejos, pues allí se capacitaron los hombres del estado llano para entrar luego como "procuradores" de las ciudades en las Cortes, que al principio tenían la sola representación del clero y la nobleza.
En la monarquía aragonesa y como consecuencia de los mayores privilegios de los señores fue más dura y desdichada la situación de las clases serviles y más tardía su liberación.  Además de los consabidos grupos de judíos, mudéjares y extranjeros que había en todos los Estados, hubo en Aragón siervos de la gleba cristianos, llamados vulgarmente "mezquinos" y esclavos moros, adscritos también a la tierra, llamados "exaricos".
En Cataluña, los payeses o siervos fueron llamados desde el siglo XII de "remensa", porque podían redimirse o emanciparse por dinero bajo ciertas condiciones.  Las necesidades de los tiempos dieron origen a la legislación foral, que es el conjunto de las cartas-pueblas y fueros municipales otorgados por los reyes a los pueblos para poblar y repoblar.
Mas cuando ya no tuvo razón de ser este caótico régimen, se trató de imponer un código general, que fue el de las Partidas. Algunos reinos, sin embargo, como Aratón y Cataluña, conservaron un sistema foral distinto a Castilla.
Exentos de tributos el clero y la nobleza, el estado llano soportaba toda la carga impositiva.  He aquí algunos de los impuestos:
-La sisa y la alcabala, sobre el consumo.
-Los diezmos y las primicias, para el sostenimiento del culto.
-La fonsadera, por redención del servicio militar.
-Los portazgos, pontazgos y barcajes, o derechos de puertas, puentes y barcas.
Además, la nobleza y el clero imponían sobre sus tierras contribuciones especiales, pues había tres principales clases de propiedad: de realengo o del rey, de abadengo o de iglesia y de solariego o de nobles.

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