23 abr 2015

LA CUESTIÓN JUDÍA (III)

El odio a los judíos se exacerbaba aún más en tales circunstancias, al tiempo que la inseguridad general alentaba a los deudores a asaltar sus casas para quemar los recibos de los préstamos, saquear sus bienes e incluso asesinarlos.
Los pogroms o matanzas de judíos se generalizaron a partir del año 1391 como reacción contra el esplendor que habían alcanzado en los años anteriores y como desahogo en medio de la terrible crisis económica que se padeció en la segunda mitad del siglo XIV. A raíz de aquella explosión de odio, muchos judíos se convirtieron de grado o por la fuerza al cristianismo, creando dentro de la sociedad cristiana la clase de los "conversos", despectivamente llamados marranos, tornadizos o alborayques por los "cristianos viejos". La sinceridad de estas conversiones no satisfacía a estos últimos y, en realidad, daban motivos de inquietud las constantes relaciones que seguían manteniendo con sus antiguos correligionarios e incluso la dificultad que experimentaban los conversos en habituarse a los esquemas de vida de los cristianos, incluída su dieta alimenticia. El odio antisemita se transfirió, pues, a los conversos y, en consecuencia, no faltaron tampoco matanzas de ellos e incluso de las autoridades que trataron de evitarlas. Significativo es el caso del condestable Miguel Lucas de Iranzo, asesinado por haber tratado de evitar una de estas bacanales sangrientas:

"... como entrasen todos (los cristianos viejos) en una iglesia donde él (el condestable) acostumbraba a oir misa é hacer sus ayuntamientos, como el condestable pusiese las rodillas para hacer oración, uno del pueblo que más cerca dél se halló, le dió un tan gran golpe con una ballesta de acero en la cabeza, que dio con él en el suelo, é todos los que cerca dél estaban le firieron con lanzas y espadas de tal manera que no quedó en él señal de persona humana. E luego todos juntos fueron a robar e matar los conversos... E tal fue la maldad de los del pueblo de Jaén, que no contentos con la muerte del condestable é de los conversos, que sin causa alguna avían muerto, fueron en un lugar llamado Torredelcampo, cercano a la ciudad de Jaén, e combatiéronlo é mataron al Alcayde, llamado Juan de Marruecos, é á su muger e hijos y esclavos y servidores, é robaron la Torre: tan grave fué la rabia desta crueldad" (Mosén Diego de Valera, Memorial de diversas hazañas).
El auge económico de los judíos les llevó a ocupar, en las finanzas y en la política de los reinos cristianos, puestos tan altos que, según se decía, embriagados por su propia grandeza, pensaban en establecer el soñado reino mesiánico. Acorralados por el odio popular, cuyas verdaderas causas solían disfrazarse bajo la cómoda máscara de un inadmisible celo religioso, los judíos se iban convirtiendo en una minoría cada vez más definida, más unida por el peligro que a todos amenazaba por igual, más exaltada en su misticismo de pueblo perseguido. Así, muy posiblemente contra su propia voluntad, se iba convirtiendo en una especie de Estado dentro del Estado.
Junto a la persecución de hecho, no faltaba la protección oficial de la realeza. Son innumerables los documentos que demuestran el interés de los reyes por evitar aquellos y otros muchos desmanes, concediendo fueros y asegurando su protección sobre las personas y bienes de los judíos. La misma reina Isabel había confirmado muchos de estos privilegios y concedido muchos más. Durante los años de 1470 a 1480, en la época en la que luchaba por asegurarse el trono de Castilla, que le disputaba su sobrina Juana, se extremó su benevolencia para con los judíos, como confirma la carta que el 7 de julio de 1477 dirigió a las autoridades de Trujillo amparando a la aljama local:

"E por quanto todos los judíos de mis reinos son míos e están so mi protección e anparo, e a mí pertenesce de los defender e anparar e mantener en justicia, tóvelo por bien, en mandéles dar esta mi carta para vos en la dicha rasón. Por la cual vos mando a todos e a cada uno de vos, que de aquí adelante non consintades nin dedes logar que cavalleros ni escuderos ni otras personas desta çibdad nin fuera della constringan e apremien a los dichos judíos... que les vayan a mondar sus establos ni a lavar sus tinajas ni a faser otras cosas algunas de las que hasta aquí dicen que les hacían hacer, ni que aposenten ni den en sus casas rufianes ni mugeres de partido ni otras personas algunas contra su voluntad, ni que sobre ello les hieran nin maltraten nin fagan otro daño alguno contra derecho".

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