25 ago 2012

EL FIN DE LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL Y EL FUERO DE LOS ESPAÑOLES

El fin de la guerra con el triunfo de las democracias, pero también de la U.R.S.S., colocó al país en una situación extraordinariamente difícil.
La victoria de los aliados impuso a Europa aires democráticos, que evidenciaron la necesidad de tomar decisiones radicales.
La derrota de los ejércitos de Hitler y Mussolini significó el ocaso de los ministros netamente falangistas y el advenimiento de los propagandistas católicos, quienes van ocupando los puestos clave del Estado.
Figura determinante de este proceso fue la de Ibáñez Martín, ministro de Educación Nacional, que junto con el cardenal Herrera y los intelectuales del extinguido diario "El Debate", con Martín Artajo, Castiella y Ruiz Jiménez ascenderían a los puestos más importantes del gobierno.  En definitiva, el régimen evolucionó políticamente para poder conciliarse con los vencedores de la Segunda Guerra Mundial.
Coincidiendo con el noveno aniversario del Alzamiento, el 17 de julio de 1945 fue promulgado el Fuero de los Españoles, que vino a ser una declaración de derechos fundamentales de los españoles, en el cual por primera vez se plasmaba un término que iba a tener larga vigencia: democracia orgánica.  Se recogían en él una serie de derechos coincidentes con los textos liberales, como igualdad ante la ley, libertad de expresión, de residencia, de asociación, de instrucción, el "habeas corpus", libertad de correspondencia...
En él se recogían también una serie de normas tendentes a garantizar la permanencia de las esencias del Movimiento.  Para ello se hacía una declaración explícita de la confesionalidad católica del Estado, permitiéndose únicamente otras confesiones según el esquema de la Constitución de 1876; se subordinaban todos los derechos a "la salvaguardia de los principios fundamentales del Movimiento" y de "la unidad espiritual, nacional y social de España"; se refuerza la protección del Estado a la propiedad privada, aunque subordinada a los intereses de la nación y del bien común.  Jurídicamente hablando, el fuero fue una simple declaración de principios, pues no eran exigibles ante ningún tribunal, y la vigencia de los artículos fundamentales, como la libertad de expresión, libertad y secreto de la correspondencia, libertad de asociación y "habeas corpus" podían ser suspendidos por el gobierno mediante un simple decreto-ley.  
El sistema de derechos, para los falangistas, aparecía equilibrado con una simétrica enumeración de deberes: servicio fiel a la patria, lealtad al jefe del Estado, obediencia a las leyes, servicio militar, prestaciones personales legalmente impuestas, contribución al sostenimiento de las carga públicas...  La "democracia orgánica" buscó sus medios de realización a través de una representación orgánica, canalizando la participación ciudadana a través de la familia, el municipio y el Sindicato.

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