Pese al sentimiento antinobiliario que existió durante toda la centuria, los nobles dieron en algunas ocasiones muestras de patriotismo, integridad y generosidad. También es obligatorio recalcar que en el siglo XVIII continúa una especie de sentimiento tradicional favorable hacia una nobleza paternalista, generosa y arraigada en el alma popular, por aquello de que al trono le adornaba bien una nobleza rica y fiel o que la monarquía era cosustancial con la nobleza, freno contra la democracia y el despotismo. Pero abundar en esto sería presentar un cuadro muy rosa, cargado de epítetos e irreal absolutamente.
La utilidad racional del Siglo de las Luces va a atacar a la nobleza de una forma muy hábil. Su objetivo es socavar el prncipio de la autoridad tradicional de la nobleza de la estirpe. Para ello se combatirá duramente a la nobleza que no esté basada en cualidades personales. Ahora bien, una nobleza basada en las virtudes, en las letras, en la racional utilidad, no existe, porque la única nobleza es la hereditaria, ya que la nobleza de concesión real es menor en número y en prestigio. El juego está claro.
Queda muy evidente en esta época que el gobierno era la fuente originaria de donde arrancaba cualquier tipo de jurisdicción. Por ello, la política de finales del siglo XVIII se propone recabar para la Corona las competencias de la nobleza, o por lo menos limitarlas y reducirlas.
Vemos en la "Novísima Recopilación" varias leyes con el solo objeto de que se restituyan a la Corona cargos públicos, privilegios, derechos de índole fiscal, oficios y toda la gama de jurisdicciones. Así, la eficaz ley de 25 de febrero de 1805, que estipula la "incorporación a la Corona de las jurisdicciones que poseen las mitras y otras dignidades eclesiásticas, de estos mis reinos, comprendiendo la incorporación de ellos a mi Corona, no sólo los señores temporales, sino también los derechos, rentas y demás fincas y efectos que conste haber salido del real patrimonio". Y entienden que "debe encargarse que se favorezca el tanteo o incorporaciones de los oficios de regidores, escribanos y otros de los pueblos, cortando el abuso de los arrendamientos y otros con que se convierten tales oficios en medios de estafar y vejar a mis amados súbditos."
Sin duda, la mayoría de los ministros ilustrados coinciden con este pensamiento. Para llevar todo esto a cabo hay una gran dificultad, dada la penuria del tesoro. La nobleza representa, para buena parte del pensamiento de la época, el fundamento y medio adecuado al sistema de gobierno y los intereses del Estado. Macanaz dirá que la nobleza da mayor realce a la autoridad real. Floridablanca admite una nobleza útil al servicio del Estado. Jovellanos consiente en sus privilegios siempre que exista contrapartida. Pérez y López ve en la nobleza un factor de armonía política a lo Montesquieu. Godoy dirá que la nobleza representa la estabilidad política y el freno de despotismos y democracias.
Resumiendo: hay que mantener una nobleza, pero condicionada a las ventajas y servicios que proporciones al Estado.
La utilidad racional del Siglo de las Luces va a atacar a la nobleza de una forma muy hábil. Su objetivo es socavar el prncipio de la autoridad tradicional de la nobleza de la estirpe. Para ello se combatirá duramente a la nobleza que no esté basada en cualidades personales. Ahora bien, una nobleza basada en las virtudes, en las letras, en la racional utilidad, no existe, porque la única nobleza es la hereditaria, ya que la nobleza de concesión real es menor en número y en prestigio. El juego está claro.
Queda muy evidente en esta época que el gobierno era la fuente originaria de donde arrancaba cualquier tipo de jurisdicción. Por ello, la política de finales del siglo XVIII se propone recabar para la Corona las competencias de la nobleza, o por lo menos limitarlas y reducirlas.
Vemos en la "Novísima Recopilación" varias leyes con el solo objeto de que se restituyan a la Corona cargos públicos, privilegios, derechos de índole fiscal, oficios y toda la gama de jurisdicciones. Así, la eficaz ley de 25 de febrero de 1805, que estipula la "incorporación a la Corona de las jurisdicciones que poseen las mitras y otras dignidades eclesiásticas, de estos mis reinos, comprendiendo la incorporación de ellos a mi Corona, no sólo los señores temporales, sino también los derechos, rentas y demás fincas y efectos que conste haber salido del real patrimonio". Y entienden que "debe encargarse que se favorezca el tanteo o incorporaciones de los oficios de regidores, escribanos y otros de los pueblos, cortando el abuso de los arrendamientos y otros con que se convierten tales oficios en medios de estafar y vejar a mis amados súbditos."
Sin duda, la mayoría de los ministros ilustrados coinciden con este pensamiento. Para llevar todo esto a cabo hay una gran dificultad, dada la penuria del tesoro. La nobleza representa, para buena parte del pensamiento de la época, el fundamento y medio adecuado al sistema de gobierno y los intereses del Estado. Macanaz dirá que la nobleza da mayor realce a la autoridad real. Floridablanca admite una nobleza útil al servicio del Estado. Jovellanos consiente en sus privilegios siempre que exista contrapartida. Pérez y López ve en la nobleza un factor de armonía política a lo Montesquieu. Godoy dirá que la nobleza representa la estabilidad política y el freno de despotismos y democracias.
Resumiendo: hay que mantener una nobleza, pero condicionada a las ventajas y servicios que proporciones al Estado.
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