17 abr 2015

LA BULA INTER CAETERA (II)

Podríamos preguntarnos con qué derecho intervenía el Papa en este pleito o qué autoridad le asistía para disponer con tal libertad de las tierras descubiertas. Según el texto, el Papa hace a los Reyes Católicos una verdadera donación, que sólo puede explicarse teiendo en cuenta que los reyes cristianos de la Edad Media pensaban que cualquier guerra contra los infieles era lícita y justa, era una verdadera cruzada y, por tanto, cualquier conquista de sus territorios era justa. Por infieles se entendía comúnmente a los musulmanes, enemigos capitales del nombre cristiano. Cuando no se trataba de musulmanes, sino de otros infieles o gentiles, en cuyas tierras trataban de penetrar los príncipes cristianos, solían éstos acudir al romano pontífice, pidiendo una justificación o aprobación de sus empresas militares. Y el Papa les hacía donación de las tierras, imponiéndoles la obligación de evangelizarlas, incorporándolas así a la cristiandad.
Las teorías sobre las que se fundamentaba esta práctica habían tenido plena vigencia en el Medievo. Con el advenimiento de la época renacentista, se habían atacado duramente las teorías medievales sobre el Papa, señor del universo. Sin embargo, en la práctica se seguía recurriendo a él para que sancionase con su autoridad los hechos consumados. Los reyes de España estuvieron, sin duda, al corriente de las críticas que hizo a tal teoría el cardenal Juan de Torquemada, el cual había enseñado taxativamente que el Papa no podía inmiscuirse en los asuntos temporales de los reyes... y que no era dueño ni dispensador de los bienes temporales. Sin embargo se siguió la costumbre de recurrir al Papa. Los portugueses protestaron enérgicamente, hasta el punto de que faltó poco para que estallara la guerra entre las dos potencias litigantes. Los Reyes Católicos no la temían, pero prefirieron llegar a un acuerdo pacífico, que se concretó en el Tratado de Tordesillas (7 de junio de 1494), por el que la línea de 100 leguas al oeste de las Azores, fijada por las bulas papales, se sustituía por otra a 370 leguas del mismo punto. Una comisión mixta hispano-lusa se encargaría de determinar la situación de este límite de influencias. Al mismo tiempo, ambos estados se comprometían a arreglar entre ellos mismos cualquier discrepancia, sin recurrir más a la autoridad pontificia.

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