20 mar 2015

LA REFORMA DE LOS ORGANISMOS DE GOBIERNO BAJO LOS REYES CATÓLICOS

El régimen de consejos cobra bajo los Reyes Católicos un fuerte impulso. El viejo Consejo Real fue reorganizado en las Cortes de Toledo de 1480. Estuvo presidido por un eclesiástico e integrado por tres caballeros un grupo de letrados (en torno a ocho, por lo general) formados en las directrices del derecho romano, que constituyeron, por tanto, un factor de primer orden en la concepción cesarista de la realeza. Con posterioridad, y a medida que las necesidades administrativas fueron creciendo, surgieron nuevos consejos: Inquisición, Hacienda..., que habrían de constituir el armazón institucional de la monarquía de los Austrias.
Los Reyes Católicos procedieron también a una reorganización de la Audiencia y la Chancillería. Una ordenanza de 1489 reguló las funciones de la de Valladolid. Establecía en ella un presidente y dieciséis oidores, además de los alcaldes de corte, alguaciles y otros cargos. Se dispusieron cuatro salas para asuntos civiles, otra para asuntos criminales y una sexta de hijosdalgo para pleitos vizcaínos. Siguiendo el modelo de la de Valladolid, se creó otra Chancillería en Ciudad Real, que entendía de asuntos al sur del Tajo y que pronto fue trasladada a Granada. En Galicia, dadas las peculiaridades de la región, funcionó una Audiencia especial, dependiente de la Chancillería de Valladolid en muchos aspectos.
Paralelamente a esta labor de reorganización institucional, se procedió a una serie de recopilaciones de leyes: Ordenanzas de Montalvo de 1483 y Leyes de Toro de 1505, compiladas por un grupo de juristas dirigidos por Palacios Rubios.

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